La nueva norma introduce herramientas a favor de la transparencia – ComexPerú | Especial Nueva Ley General de Contrataciones Públicas: un sistema reformulado

Además de la exigencia de establecer contratos acordes a los estándares internacionales, la Ley publicada en junio permite la contratación y pago por el uso temporal de los servicios, algo muy conveniente para la oferta en la nube.
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Según informó la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) a la opinión pública, hay varios aspectos positivos incorporados en la nueva Ley General de Contrataciones Públicas [Ley N.º 32069], pero también algunos puntos por mejorar. Además del permitir dar el ‘valor por el dinero’, es decir, poder contratar considerando la calidad, la sostenibilidad de la oferta y la evaluación de costos y plazos, en vez de enfocarse solo en el menor precio.

Hay varias otras mejoras, incluido el concepto de ‘pago por consumo’ para servicios digitales. Eso quiere decir que, para los servicios en nube pública, se puede permitir a las entidades contratantes pagar únicamente por los servicios individuales que necesiten durante el tiempo de uso.

La nueva ley también incorpora, según ComexPerú, modalidades de contratación pública eficiente, como la ‘compra pública de innovación’, que permite a las entidades adquirir soluciones innovadoras respaldadas por actividades de investigación, cuando no estén disponibles en el mercado.

Otro aporte importante, informaron, es la estandarización de los requerimientos para las contrataciones del Estado, porque ayuda a ofrecer la deseada transparencia y simplifica los procesos. Además, reduce la discrecionalidad en la determinación de requerimientos, lo cual consideran que contribuye a disminuir la corrupción. Y el desempeño de los proveedores será medido y calificado, lo cual contribuye a la búsqueda de la mejora en el servicio.

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En el ámbito de la salud, “se ha previsto que más entidades públicas utilicen mecanismos diferenciados de adquisición para obtener tecnologías sanitarias destinadas al diagnóstico y tratamiento de enfermedades raras o huérfanas, enfermedades oncológicas y de alto costo, así como tecnologías sanitarias innovadoras. Aunque esta facultad fue otorgada inicialmente al Ministerio de Salud en 2022, se busca extenderla también a EsSalud, las sanidades de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, así como al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN)”, detallaron.

En el caso de las contrataciones del sector construcción, aspecto que motivó varias críticas al momento de aprobarse en el Congreso, tanto para la consultoría como para la gestión y ejecución de las obras, se prevé la utilización de contratos estandarizados según la práctica internacional. “En cuanto a la aprobación de prestaciones adicionales en contratos de obra, la entidad podrá autorizar su ejecución y pago hasta un máximo del 30%, siempre que cuente con los recursos necesarios. Esto se diferencia del régimen actual, donde el límite es del 15%”, detallan.

Algunas voces alertaron sobre un posible poco impacto en la reactivación de obras, pero para Comex es positivo que la Ley faculte a las entidades públicas a contratar el saldo restante para finalizar el diseño y/o la construcción con otra empresa mediante modalidades como llave en mano, que incluye el expediente técnico de la obra. “Esta medida es positiva porque muchas veces las obras se paralizan no por mala ejecución, sino debido a expedientes técnicos mal diseñados”, acotaron.

Según los reportes de ComexPerú, a julio de 2024, el promedio de demora en adjudicación de obras es 34 días hábiles, pero 11 de los 24 departamentos presentan un tiempo promedio para la adjudicación de contratos mayor o igual a dicho promedio. Los departamentos que más se demoran son Arequipa (48 días hábiles), Apurímac (43) y Cusco (42).

La nueva ley también incorpora, según ComexPerú, modalidades de contratación pública eficiente, como la ‘compra pública de innovación’, que permite a las entidades adquirir soluciones innovadoras respaldadas por actividades de investigación.

Aunque aún estamos lejos de un promedio ideal – menos de 10 días –, hay mejoras en el tiempo que toma desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la buena pro, porque disminuyó de 51 días hábiles en 2019 a 41 en 2022 y 44 en 2023, según las estadísticas de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Se espera que esto disminuya aún más con el nuevo marco legal, pero debe considerarse que hay muchos factores contextuales que influyen en cada región que no se van a reparar solo con una norma.

La norma también establece la opción de resolver diferencias sobre la ejecución de los contratos vía arbitraje. Esto es fundamental, dijeron, porque la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) contrata empresas que utilizan contratos internacionales NIC y FIDIC, por lo que la opción de recurrir al arbitraje es esencial para fomentar la participación de las constructoras.

Un aspecto negativo, según la Sociedad de Comercio Exterior del Perú, es que se podría limitar la capacidad del contratista para cuestionar las decisiones del Estado el contar con una exigencia de una contra cautela a favor de la entidad, como condición para presentar una medida cautelar ante el Poder Judicial si se decide resolver el contrato.

Con relación al régimen sancionador, aunque se mantiene la sanción de inhabilitación temporal para ciertas infracciones, se ha previsto que el Tribunal de Contrataciones Públicas ofrezca al proveedor sancionado la opción de pagar una multa, siempre que cumpla con condiciones específicas. Además, se fija como faltas graves por parte de la autoridad administrativa, el incumplimiento o la demora injustificada en el pago al contratista que conforme.

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