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«[N]o era necesaria, bastaba con cambiar determinados artículos» – Raúl Barrios Fernández-Concha, Cámara de Comercio de Lima | Especial Nueva Ley General de Contrataciones Públicas: un sistema reformulado

El doctor Raúl Barrios Fernández-Concha, presidente de la Comisión de Contrataciones del Estado de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) y del Gremio de Construcción e Ingeniería de la CCL, brinda en esta entrevista su perspectiva sobre los cambios que introduce la nueva Ley de Contrataciones Públicas.

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Inicio / Compras Públicas / «[N]o era necesaria, bastaba con cambiar determinados artículos» – Raúl Barrios Fernández-Concha, Cámara de Comercio de Lima | Especial Nueva Ley General de Contrataciones Públicas: un sistema reformulado

«[N]o era necesaria, bastaba con cambiar determinados artículos» – Raúl Barrios Fernández-Concha, Cámara de Comercio de Lima | Especial Nueva Ley General de Contrataciones Públicas: un sistema reformulado

El doctor Raúl Barrios Fernández-Concha, presidente de la Comisión de Contrataciones del Estado de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) y del Gremio de Construcción e Ingeniería de la CCL, brinda en esta entrevista su perspectiva sobre los cambios que introduce la nueva Ley de Contrataciones Públicas.

Desde que se promulgó la norma, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) estableció una postura crítica sobre la nueva Ley General de Contrataciones Públicas [Ley N.° 32069]. En la perspectiva del Dr. Raúl Barrios Fernández-Concha, presidente de la Comisión de Contrataciones del Estado de la CCL, el texto aporta mejoras en los procesos de compras públicas, pero no era urgente promulgar todo un nuevo marco legal para introducir esos cambios.

¿Era necesario tener una nueva ley general de contrataciones del Estado?

Realmente no era necesaria, bastaba con cambiar determinados artículos. El cambio de nomenclatura era innecesario, como, por ejemplo: OSCE [Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado] por OECE [Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes].

¿La nueva ley permitirá mejorar los procesos de compra estatales o hacerlos más eficientes?

Sí, hay mejoras importantes que sí mejorarán los procesos.

«Se ha incluido la presentación de contra cautela para resolver un contrato, que es una norma inconstitucional. Esto genera un gran perjuicio porque no se presentarán empresas al estar en indefensión ante el Estado».

¿Cuál es la principal modificación o lo más trascendente?

Se ha establecido la obligación y responsabilidad del funcionario público a pagar oportunamente y se ha señalado expresamente que los laudos se deben pagar. Otro cambio es la reducción del porcentaje para apelar de 3% a 0,5% del monto referencial del proceso de selección.

¿Están de acuerdo con la posibilidad que se ofrece de solución de controversias?

Sí, de acuerdo, no ha habido grandes cambios en ello.

¿Consideran que mejorará la transparencia de los procesos nacionales y extranjeros (hay la figura de compra de Estado a Estado fuera del país)?

Si se mantiene la figura de G2G [Gobierno a Gobierno, por su significado en español], pero solo para los proyectos que superen los mil millones de dólares. Esta figura está siendo remplazada por el ANIN [La Autoridad Nacional de Infraestructura].

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¿Qué opinan desde las empresas del sector construcción? ¿Hay puntos por mejorar?

Sí, todos se han visto afectados porque se mantiene que, para apelar ante el tribunal del OSCE, el proceso de selección debe ser mayor a 50 UIT (medianas y pequeñas empresas perjudicadas), se ha incluido la presentación de contra cautela para resolver un contrato, que es una norma inconstitucional. Esto genera un gran perjuicio porque no se presentarán empresas al estar en indefensión ante el Estado.

¿Y realmente se acelerará la ejecución de obras públicas?

No lo creo.

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Preguntas frecuentes sobre B2M

¿Aún tienes dudas? te compartimos las dudas más comunes sobre nuestro producto.

¿Cuáles son los principales tipos de RFx que se utilizan en las compras y el abastecimiento estratégico?

Existen cinco tipos principales de RFx, cada uno con un propósito distinto en el proceso de abastecimiento estratégico. La RFI (Solicitud de Información) recopila información general sobre las capacidades de los proveedores, las opciones de mercado y las posibles soluciones, sin esperar propuestas detalladas ni precios, lo que resulta útil para la investigación de mercado y la precalificación. La RFQ (Solicitud de Cotización) se utiliza cuando las especificaciones están bien definidas y el objetivo principal es obtener precios y plazos de entrega competitivos. La RFP (Solicitud de Propuesta) combina la recopilación de información con precios detallados (esencialmente una RFI más una RFQ) y se utiliza cuando se necesita que los proveedores propongan soluciones a un problema definido. La RFT (Solicitud de Licitación) es funcionalmente idéntica a una RFP, pero es el término preferido en la contratación pública, donde las propuestas se comparten abiertamente en portales gubernamentales. La RFS (Solicitud de Solución) invita a los proveedores a proponer enfoques creativos para desafíos amplios o complejos sin especificar la solución con precisión, fomentando así la innovación.

¿Cómo elegir el tipo de RFx adecuado para su proyecto de abastecimiento?

Elegir el tipo de RFx adecuado depende de dos factores clave: la madurez de su organización de compras y los objetivos específicos de su proyecto de abastecimiento. Si está explorando un nuevo mercado o categoría donde los requisitos no están claros, puede comenzar con una RFI para comprender las soluciones disponibles y precalificar a los proveedores antes de comprometerse con un proceso más detallado. Puede usar una RFQ cuando tenga especificaciones claras y necesite precios competitivos, común para compras de productos básicos y servicios bien definidos. Elija una RFP cuando necesite que los proveedores propongan soluciones integrales que incluyan enfoque, metodología, precios y planes de implementación. Seleccione una RFS cuando enfrente desafíos complejos donde las soluciones innovadoras de los proveedores pueden revelar enfoques que no haya considerado. Las organizaciones con funciones de compras menos maduras generalmente comienzan con RFQ y se expanden a RFI y RFP a medida que desarrollan marcos de gestión de categorías más sofisticados. El Centro de Información sobre Abastecimiento Estratégico de Art of Procurement ( artofprocurement.com/insight-hubs ) ayuda a los equipos a relacionar los tipos de RFx con los escenarios de abastecimiento. 

¿Cuál es la diferencia entre una RFP y una RFQ en materia de adquisiciones?

La diferencia fundamental radica en el alcance y la complejidad. Una RFQ (Solicitud de Cotización) es una solicitud específica de precios y condiciones de entrega, donde el comprador ya sabe exactamente lo que necesita: las especificaciones son fijas y el criterio principal de evaluación es el costo. Una RFP (Solicitud de Propuesta) es más amplia y solicita a los proveedores que propongan una solución a un problema definido, incluyendo su enfoque, metodología, equipo, cronograma y precios. El libro «Art of Procurement» describe una RFP como esencialmente una combinación de «RFI + RFQ», ya que combina cuestionarios para recopilar información sobre las capacidades del proveedor con la recopilación detallada de precios. Utilice una RFQ para compras sencillas de productos básicos con especificaciones claras. Utilice una RFP para compras complejas donde desee evaluar el enfoque, la metodología y el valor del proveedor más allá del precio. La elección afecta directamente la relación con el proveedor: las RFQ generan precios comparables rápidamente, mientras que las RFP generan propuestas más completas que permiten una evaluación multidimensional.

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