Desde que se promulgó la norma, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) estableció una postura crítica sobre la nueva Ley General de Contrataciones Públicas [Ley N.° 32069]. En la perspectiva del Dr. Raúl Barrios Fernández-Concha, presidente de la Comisión de Contrataciones del Estado de la CCL, el texto aporta mejoras en los procesos de compras públicas, pero no era urgente promulgar todo un nuevo marco legal para introducir esos cambios.
¿Era necesario tener una nueva ley general de contrataciones del Estado?
Realmente no era necesaria, bastaba con cambiar determinados artículos. El cambio de nomenclatura era innecesario, como, por ejemplo: OSCE [Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado] por OECE [Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes].
¿La nueva ley permitirá mejorar los procesos de compra estatales o hacerlos más eficientes?
Sí, hay mejoras importantes que sí mejorarán los procesos.
“Se ha incluido la presentación de contra cautela para resolver un contrato, que es una norma inconstitucional. Esto genera un gran perjuicio porque no se presentarán empresas al estar en indefensión ante el Estado”.
¿Cuál es la principal modificación o lo más trascendente?
Se ha establecido la obligación y responsabilidad del funcionario público a pagar oportunamente y se ha señalado expresamente que los laudos se deben pagar. Otro cambio es la reducción del porcentaje para apelar de 3% a 0,5% del monto referencial del proceso de selección.
¿Están de acuerdo con la posibilidad que se ofrece de solución de controversias?
Sí, de acuerdo, no ha habido grandes cambios en ello.
¿Consideran que mejorará la transparencia de los procesos nacionales y extranjeros (hay la figura de compra de Estado a Estado fuera del país)?
Si se mantiene la figura de G2G [Gobierno a Gobierno, por su significado en español], pero solo para los proyectos que superen los mil millones de dólares. Esta figura está siendo remplazada por el ANIN [La Autoridad Nacional de Infraestructura].
¿Qué opinan desde las empresas del sector construcción? ¿Hay puntos por mejorar?
Sí, todos se han visto afectados porque se mantiene que, para apelar ante el tribunal del OSCE, el proceso de selección debe ser mayor a 50 UIT (medianas y pequeñas empresas perjudicadas), se ha incluido la presentación de contra cautela para resolver un contrato, que es una norma inconstitucional. Esto genera un gran perjuicio porque no se presentarán empresas al estar en indefensión ante el Estado.
¿Y realmente se acelerará la ejecución de obras públicas?
No lo creo.
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