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Indecopi registró 957 nuevos programas de software en 2024

En cuanto a la lucha contra la piratería en el entorno digital, el Indecopi, a través de la Dirección de Derecho de Autor, ha ordenado desde el 2021, el bloqueo de más de 500 sitios web. En 2024 se ordenó imposibilitar el acceso a 70 sitios.

La Dirección de Derecho de Autor (DDA) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) registró 3,185 obras en el 2024, lo que representó un crecimiento del 9.30% respecto el 2023, cuando se inscribieron 2,914 creaciones. 

La categoría con más inscripciones siguió siendo la de obras literarias, con 1,627 creaciones. En segundo lugar están los programas informáticos (software), con 957 registros, lo que refleja el protagonismo de la innovación tecnológica en el país. En tercer puesto vienen las obras artísticas, con 282 registros. 

En lo que respecta a la lucha contra la piratería en el entorno digital, el Indecopi, a través de la Dirección de Derecho de Autor, ha ordenado desde el 2021, el bloqueo de más de 500 sitios web que infringían el derecho de autor y los derechos conexos, a través de los cuales se facilitaba el acceso no autorizado a contenido protegido de películas, series, música, eventos deportivos, entre otros.

A mediados del 2024 la Comisión de Derecho de Autor (CDA) autorizó la medida cautelar, que obliga a los proveedores de servicios de internet a bloquear el acceso a diversos sitios web que retransmitían contenido pirata. Una medida ordenaba bloquear el acceso a 23 sitios web y otra a 47 páginas. Todos los proveedores de servicios de internet en Perú, desde Telefónica del Perú hasta Wow, están obligados a acatar la medida. 

La protección del derecho de autor sobre un software, o alguno de sus componentes, es automática desde el momento de su creación, por lo cual no es obligatorio su registro, aclararon. Sin embargo, es recomendable hacerlo para tener una fecha cierta de creación y poder probar la titularidad en caso alguien quiera apropiarse de ella o utilizarla sin permiso.

Digitalización en marcha

A principios del año pasado el Indecopi habilitó el servicio de registro de programas informáticos a través de la plataforma de Registro Virtual de Obras. Antes solo se podía realizar de forma presencial o mediante la mesa de partes virtual.

La protección del derecho de autor sobre un software, o alguno de sus componentes, es automática desde el momento de su creación, por lo cual no es obligatorio su registro, aclararon. Sin embargo, es recomendable hacerlo para tener una fecha cierta de creación y poder probar la titularidad en caso alguien quiera apropiarse de ella o utilizarla sin permiso. Las multas por no respetar los derechos de autor pueden llegar hasta 180 UIT, equivalentes a S/ 963,000.

El año pasado también se lanzó el registro virtual de personas y empresas sancionadas por infracciones al derecho de autor. Se trata de una plataforma digital gratuita que permite a la ciudadanía obtener información confiable y actualizada de quienes han sido sancionados por infracciones confirmadas o no apeladas.

Las obras que son de libre reproducción por ser de dominio público, es decir, aquellas cuyo plazo de protección ha culminado al haber pasado más de 70 años tras la muerte de su autor, están disponibles en un catálogo virtual que fue actualizado el año pasado. El Catálogo Virtual de Obras Literaria cuenta ya con más de 1,800 obras nacionales y extranjeras.

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