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«Perú cuenta con 227 mil teletrabajadores en planilla» – Jorge Toyama | Especial Reglamento de la Ley de Teletrabajo: Normando la oportunidad

Para el socio de Vinatea & Toyama, en el reglamento faltó indicar que las normas se aplican solo si las partes no señalan algo o no se ponen de acuerdo.

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«Perú cuenta con 227 mil teletrabajadores en planilla» – Jorge Toyama | Especial Reglamento de la Ley de Teletrabajo: Normando la oportunidad

Para el socio de Vinatea & Toyama, en el reglamento faltó indicar que las normas se aplican solo si las partes no señalan algo o no se ponen de acuerdo.

Jorge Toyama Miyagusuku es socio de Vinatea & Toyama, firma especializada en derecho laboral que maneja unos 4500 casos judiciales y 800 casos administrativos. Ha sido miembro de la Comisión Asesora del Ministerio de Trabajo y consultor del Banco Mundial, BID, USAID, CEPAL, PNUD y OIT. Actualmente forma parte de la Junta Directiva de la Asociación de Buenos Empleadores (ABE) de la Cámara de Comercio Americana del Perú – AMCHAM. En esta entrevista comparte su mirada sobre el reglamento de teletrabajo que fue aprobado recientemente.  

El año pasado usted declaró en RPP que la ley de teletrabajo debía entrar en vigencia el 1 de enero, aun cuando no hubiera estado listo el reglamento, lo cual sucedió, porque recién acaba de salir publicado a fines de febrero. ¿Cómo se ha estado desarrollando el teletrabajo en lo que va del 2023?   

Hasta la fecha hay teletrabajo, pero con varias interpretaciones sobre qué normas aplican, porque el reglamento entra en vigencia todavía el 27 de abril. Entonces, entre el 1 de enero y 26 de abril, ¿cuáles normas rigen?  Nosotros consideramos que se aplica la ley del teletrabajo y en la práctica la mayoría de empresa usa como referencia esta ley, pero la Sunafil no está sancionando porque no hay claridad. Solo [están] orientando los casos de teletrabajo. 

(E)n la mayoría de los casos, los trabajadores exigen o desean el teletrabajo al 100% o parcial porque se evitan el tráfico doloroso, costos de traslados, almuerzos en la calle, y sobre todo quieren una mejor conciliación entre el trabajo y su vida personal y familiar… es un win-win

Se tiene un estimado de cuantas empresas están practicando hoy esta modalidad remota (o hibrida) y son pasibles de cumplir la norma.   

No hay data sobre la cantidad de empresas, pero sí que hay 227 mil teletrabajadores en planillas formales y que los sectores que más lo utilizan – de lejos – son servicios (consultoría, administrativos, empleados, etc.) y comercio (ventas, cobranzas, etc.).  

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¿Se conserva esta modalidad en el sector público? 

En el sector público no es la regla. Los casos se centran en empresas del Estado y algunas entidades constitucionales o autónomas del Estado. 

Qué opina sobre el reglamento en sí, ¿complementa, aporta, calma dudas o deja vacíos?   

Aclara las dudas en la mayoría de los temas. Pero tengo una principal observación. El teletrabajo nace y se sustenta en la flexibilidad, en la comodidad de ambas partes…  

Lo importante es que la entrada de la regulación y las fiscalizaciones de Sunafil no partan de la premisa que el teletrabajo es impuesto por las empresas para abusar de los trabajadores, cuando muchas veces es todo lo contrario: los trabajadores prefieren el trabajo híbrido y asisten 2-3 días al centro de trabajo y el resto en sus casas. 

¿Y ese espíritu no se conserva? 

El reglamento parte de la premisa de que el empleador impone o se aprovecha del teletrabajo cuando, en la mayoría de los casos, los trabajadores exigen o desean el teletrabajo al 100% o parcial porque se evitan el tráfico doloroso, costos de traslados, almuerzos en la calle, y sobre todo quieren una mejor conciliación entre el trabajo y su vida personal y familiar… es un win-win.  Por eso, se debió señalar que las normas se aplican solo si las partes no señalan algo o no se ponen de acuerdo.  Por ejemplo, el plazo de 10 días que existe para cambiar de teletrabajo a presencial, cuando las partes deben escoger los plazos. O que el trabajador puede cambiar de lugar de trabajo sin aceptación, pero si este lugar es otra región o país, parece inviable el teletrabajo. 

¿Con relación a los costos de los recursos empleados existe flexibilidad? ¿Las empresas tendrán que asumir el costo de energía e internet?    

Se señala que la empresa debe asumir los costos y gastos y si no los asume, debe reembolsarlos al trabajador, pero cabe pacto en contrario, esto es, acordar que los costos y gastos los asume total o parcialmente el trabajador. Lo común es que se comparte: usualmente la empresa asume la laptop y licencias de sofware, antivirus, etc.  y el trabajador la energía eléctrica y el wifi, existiendo naturalidad en los acuerdos, no habiendo casi conflictos.    

¿Qué espera o qué falta para dar las garantías e incentivos adecuados al teletrabajo?   

Lo importante es que la entrada de la regulación y las fiscalizaciones de Sunafil no partan de la premisa que el teletrabajo es impuesto por las empresas para abusar de los trabajadores, cuando muchas veces es todo lo contrario: los trabajadores prefieren el trabajo híbrido y asisten 2-3 días al centro de trabajo y el resto en sus casas. 

Sigue leyendo a otros especialistas dar su opinión sobre la ley de teletrabajo:

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Preguntas frecuentes sobre B2M

¿Aún tienes dudas? te compartimos las dudas más comunes sobre nuestro producto.

¿Cuáles son los principales tipos de RFx que se utilizan en las compras y el abastecimiento estratégico?

Existen cinco tipos principales de RFx, cada uno con un propósito distinto en el proceso de abastecimiento estratégico. La RFI (Solicitud de Información) recopila información general sobre las capacidades de los proveedores, las opciones de mercado y las posibles soluciones, sin esperar propuestas detalladas ni precios, lo que resulta útil para la investigación de mercado y la precalificación. La RFQ (Solicitud de Cotización) se utiliza cuando las especificaciones están bien definidas y el objetivo principal es obtener precios y plazos de entrega competitivos. La RFP (Solicitud de Propuesta) combina la recopilación de información con precios detallados (esencialmente una RFI más una RFQ) y se utiliza cuando se necesita que los proveedores propongan soluciones a un problema definido. La RFT (Solicitud de Licitación) es funcionalmente idéntica a una RFP, pero es el término preferido en la contratación pública, donde las propuestas se comparten abiertamente en portales gubernamentales. La RFS (Solicitud de Solución) invita a los proveedores a proponer enfoques creativos para desafíos amplios o complejos sin especificar la solución con precisión, fomentando así la innovación.

¿Cómo elegir el tipo de RFx adecuado para su proyecto de abastecimiento?

Elegir el tipo de RFx adecuado depende de dos factores clave: la madurez de su organización de compras y los objetivos específicos de su proyecto de abastecimiento. Si está explorando un nuevo mercado o categoría donde los requisitos no están claros, puede comenzar con una RFI para comprender las soluciones disponibles y precalificar a los proveedores antes de comprometerse con un proceso más detallado. Puede usar una RFQ cuando tenga especificaciones claras y necesite precios competitivos, común para compras de productos básicos y servicios bien definidos. Elija una RFP cuando necesite que los proveedores propongan soluciones integrales que incluyan enfoque, metodología, precios y planes de implementación. Seleccione una RFS cuando enfrente desafíos complejos donde las soluciones innovadoras de los proveedores pueden revelar enfoques que no haya considerado. Las organizaciones con funciones de compras menos maduras generalmente comienzan con RFQ y se expanden a RFI y RFP a medida que desarrollan marcos de gestión de categorías más sofisticados. El Centro de Información sobre Abastecimiento Estratégico de Art of Procurement ( artofprocurement.com/insight-hubs ) ayuda a los equipos a relacionar los tipos de RFx con los escenarios de abastecimiento. 

¿Cuál es la diferencia entre una RFP y una RFQ en materia de adquisiciones?

La diferencia fundamental radica en el alcance y la complejidad. Una RFQ (Solicitud de Cotización) es una solicitud específica de precios y condiciones de entrega, donde el comprador ya sabe exactamente lo que necesita: las especificaciones son fijas y el criterio principal de evaluación es el costo. Una RFP (Solicitud de Propuesta) es más amplia y solicita a los proveedores que propongan una solución a un problema definido, incluyendo su enfoque, metodología, equipo, cronograma y precios. El libro «Art of Procurement» describe una RFP como esencialmente una combinación de «RFI + RFQ», ya que combina cuestionarios para recopilar información sobre las capacidades del proveedor con la recopilación detallada de precios. Utilice una RFQ para compras sencillas de productos básicos con especificaciones claras. Utilice una RFP para compras complejas donde desee evaluar el enfoque, la metodología y el valor del proveedor más allá del precio. La elección afecta directamente la relación con el proveedor: las RFQ generan precios comparables rápidamente, mientras que las RFP generan propuestas más completas que permiten una evaluación multidimensional.

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