Dos iniciativas legislativas se han sumado en una propuesta de norma que, bajo el propósito de proteger a los menores, cae en mecanismos de control de contenido en Internet y censura previa.
El sexto punto a tratarse hoy en la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso es el debate de un pre-dictamen que regulan el uso indebido de medios tecnológicos en las telecomunicaciones y las empresas operadoras. En concreto, se busca autorizar el uso de filtros que bloqueen el acceso a contenidos con el objetivo de salvaguardar a los niños y adolescentes.
La iniciativa busca salvaguardar un derecho, pero incurre en la violación de otro derecho para lograrlo, advierte Erick Iriarte, CEO de eBIZ. Se están creando mecanismos de control de contenidos, censura de lo que se consume en Internet y mecanismos de control de acceso a la información.
El pre-dictamen que busca controlar contenidos está basado en dos propuestas. Se trata del Proyectos de Ley 6383/2020-CR, presentado por Gino Costa, y el Proyecto de Ley N° 7222/2020-CR, de Luis Carlos Simeón.
La Constitución, aclaró Iriarte, dice explícitamente que no hay censura previa de contenidos, ni control de términos para ver que se publica y que no, por lo tanto, la propuesta normativa estaría elaborada en contra de lo que manda la Carta Magna vigente.
La defensa del honor y la protección de menores son utilizadas para controlar la información y el contenido al cual puede accederse desde Internet a través de, por ejemplo, las redes sociales y se estará de esta manera atentando contra la libertad de expresión, explicó.
“Ciertamente que es sumamente curioso como ambos proyectos no mencionan la política 35 del Acuerdo Nacional, sobre un #PeruDigital, que explícitamente indica que el Estado diseñará las políticas y la regulación en materia de sociedad de la información teniendo como base los principios de Internet libre, abierto, neutro y para todos”, enfatizó Iriarte.
Ambos proyectos desconocen lo que ya se ha desarrollado hasta la fecha en legislación digital cubriendo la mayoría de los temas que proponen, advirtió. La práctica recomendada en temas de derechos al honor es el control a posteriori, no la censura previa, porque se atentaría contra la libertad de expresión que garantiza la constitución y la vigencia de los Derechos Humanos reconocidos por la ONU.