Osiptel registra más de S/985 millones en multas pendientes de pago 

El Poder Ejecutivo aprobó un decreto para evitar que empresas de telecomunicaciones posterguen el pago de multas hasta el final del proceso judicial. Desde febrero deberán ser pagadas o incluidas en una carta fianza al terminarse el proceso administrativo. AFIN advirtió que este cambio de reglas es financieramente perjudicial para el sector. 

Mediante Decreto Legislativo N° 1718, publicado el 7 de febrero, el Poder Ejecutivo modificó la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), e incorporó el artículo 35-A, que establece una nueva forma de ejecutar las resoluciones sancionadoras del regulador. Con esta medida, las multas impuestas por Osiptel serán ejecutadas una vez que queden consentidas o cuando se haya agotado la vía administrativa.

Normalmente, luego de que el regulador establece una multa, esta es pagada o se entra a un proceso de apelación por la vía administrativa. Luego, si el operador lo consideraba pertinente, se iba a la vía judicial y la multa recién se pagaba si perdía en el juicio. Esas eran las reglas del juego cuando ingresaron los operadores de capital extranjero como Telefónica, América Móvil o Viettel. Ahora se han cambiado las reglas y presentar una demanda judicial ya no suspende la ejecución coactiva de la multa. La empresa operadora que impugne una sanción deberá, además, otorgar una carta fianza bancaria a favor del Osiptel por un monto equivalente al de la multa impuesta.

Esta garantía deberá ser emitida por una entidad financiera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y será irrevocable, solidaria, incondicional y de ejecución inmediata, lo que permitirá al regulador asegurar el cobro de la sanción si el proceso judicial concluye con una sentencia favorable, informó Osiptel.

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Según Osiptel, de esta manera se espera que las empresas operadoras disminuyan comportamientos negativos y se reduzcan los costos judiciales para el Estado. Sin embargo, los operadores del sector consideran la medida inadecuada. Días antes de que se aprobara la norma, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN) emitió un comunicado en el que alertaba que el sector padece una hiperinflación sancionatoria que lleva años sin solución real y, esta medida solo entorpece su accionar. 

Juan Pacheco, gerente general de AFIN, consideró que exigir la presentación de cartas fianza como condición para que las empresas puedan recurrir al Poder Judicial en la práctica impide el ejercicio efectivo del derecho de defensa y las coloca en una situación delicada, porque la presión sancionatoria asciende a más del 11% de las inversiones del sector al 2024. El esquema de multas que se ha quintuplicado en los últimos años y puede generar la inviabilidad financiera de las empresas, advirtió.

Montos elevados

De acuerdo con el regulador, cada vez que una empresa lleva el caso que originó una multa al poder judicial finalmente esta instancia les termina dando la razón, por lo que consideran que se debería tener el compromiso de pago de la multa desde antes de intentar una solución judicial.

Al tercer trimestre de 2025, el Osiptel registró un total de 788 multas pendientes de pago, que en conjunto ascienden a más de S/985 millones, incluyendo intereses. De dicho monto, S/739 millones corresponden a 567 multas que se encuentran judicializadas, el mayor volumen de deuda en trámite.

El problema público que ha originado esta medida, indicaron desde Osiptel, es que hay un alto porcentaje de multas impuestas por el regulador que han concluido en la vía administrativa y que están pendientes de pago entre el periodo 2020 y 2025.

Al tercer trimestre de 2025, el Osiptel registró un total de 788 multas pendientes de pago, que en conjunto ascienden a más de S/985 millones, incluyendo intereses. De dicho monto, S/739 millones corresponden a 567 multas que se encuentran judicializadas, el mayor volumen de deuda en trámite. Además, 61 multas por S/29 millones se encuentran en proceso de cobranza coactiva, mientras que 160 multas, por un monto de S/217 millones, se hallan en proceso de cobro administrativo.

Desde AFIN consideraron que esta nueva exigencia no aporta sustancialmente a la seguridad ciudadana ni a cerrar la brecha digital. Por el contrario, se desincentivan las nuevas inversiones necesarias para desplegar infraestructura de telecomunicaciones, especialmente en las zonas más alejadas del país. Además, se pone en riesgo la viabilidad financiera de varias de las empresas, remarcaron. 

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