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Intensifican sanciones por uso ilícito de datos privados

Cada 28 de enero se celebra el Día Internacional de la Protección de Datos Personales con el fin de reflexionar y actuar en pro de la privacidad personal en la era digital. En nuestro país dichos datos están protegidos y se penaliza su mal uso. Además, este mes se ha ampliado la pena de cárcel si se comete un delito informático al almacenar o traficar datos privados obtenido de manera ilícita.

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Intensifican sanciones por uso ilícito de datos privados

Cada 28 de enero se celebra el Día Internacional de la Protección de Datos Personales con el fin de reflexionar y actuar en pro de la privacidad personal en la era digital. En nuestro país dichos datos están protegidos y se penaliza su mal uso. Además, este mes se ha ampliado la pena de cárcel si se comete un delito informático al almacenar o traficar datos privados obtenido de manera ilícita.

El 28 de enero de 1981, en la Ciudad de Estrasburgo, el Consejo de Europa adoptó el Convenio 108 y se inició la firma del primer tratado internacional de protección a las personas ante el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. En 2006, Europa escogió dicha fecha para celebrar el Día Internacional de la Protección de Datos Personales, e invitó al mundo entero a concienciar sobre la importancia del respeto a la privacidad de la información. 

En nuestro país los datos privados están protegida por la Ley de Protección de Datos Personales (Ley N.° 29733). En ella se resguarda toda la información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable, pasando desde la dirección de su domicilio hasta el historial crediticio. La norma pone especial énfasis en el cuidado de los datos sensibles, prohibiendo su almacenamiento o comercialización sin autorización expresa del ciudadano. En este segundo grupo están los datos biométricos, ingresos económicos, convicciones políticas, historia clínica o preferencias sexuales, entre otros.

La norma contempla que toda esa información que nos identifica y que se encuentran vinculada con la intimidad de la persona puede ser utilizada con fines inadecuados para discriminar, excluir o dar trato diferenciado a las personas, lo cual está prohibido. Además, puede ser usada para cometer fraudes o otros tipos de delitos, que se van volviendo cada vez más sofisticados. Atendiendo a ello, el reglamento de la Ley N.° 29733 establece actualizaciones en las exigencias a cumplir, incluyendo tener un oficial de protección de datos.

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«La protección de datos ya no solo es un tema técnico; hoy es una prioridad legal, reputacional y financiera para negocios de todos los tamaños. La nueva normativa exige normativas estrictas para prevenir incidentes, notificar filtraciones y fortalecer los sistemas de seguridad», comentó Yanett Aybar, gerente central de Riesgos de Compartamos Banco.

Cuando las empresas no cumplen con cuidar adecuadamente estos datos que manejan de sus clientes reciben por ley una multa. La Autoridad Nacional de Protección de datos (ANPD), que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), informó que en 2025 impuso multas por más de S/ 11,3 millones por incumplimiento de la ley vigente y su nuevo reglamento. Además, fiscalizó a 760 entidades, inició 136 procedimientos sancionadores y se emitieron 211 resoluciones administrativas en primera y segunda instancia. 

Solo entre las entidades financieras, precisó la ANPD, impusieron multas por hasta S/ 577 368 por el tratamiento indebido de datos personales biométricos, una práctica que pone en riesgo la seguridad, identidad y privacidad de los ciudadanos. Los sancionados fueron el Banco de Crédito del Perú (BCP), Alfin Banco y BanBif, luego de comprobarse la recolección, almacenamiento y uso no informado de huellas dactilares y datos biométricas.

«La protección de datos ya no solo es un tema técnico; hoy es una prioridad legal, reputacional y financiera para negocios de todos los tamaños. La nueva normativa exige normativas estrictas para prevenir incidentes, notificar filtraciones y fortalecer los sistemas de seguridad».

Yanett Aybar, gerente central de Riesgos de Compartamos Banco

Nuevas penalidades

Además de las multas a las empresas o entidades públicas por el tratamiento inadecuado de las bases de datos de sus clientes, quienes manipulan o utilizan dichos datos con fines delictivos son sancionados en el ámbito penal de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos. Ahí están incluidos los que roban datos vía phishing, quienes los usan para robar suplantando la identidad y quienes hackean un banco para robar datos. 

Varios casos de este tipo de delitos llamaron la atención de la prensa en 2024 y 2025. Algunos fueron muy sonados, como la publicación de los datos de los padrones electorales de Reniec, el acceso a los datos de los ciudadanos de Miraflores y la filtración de bases de datos de Movistar e Interbank. A nivel de denuncias, la Fiscalía ha reportado, solo entre enero y setiembre del 2025, 7 508 por delitos informáticos contra la fe pública (7 507 por suplantación de identidad para obtener beneficios económicos o extorsionar), 593 denuncias por acceso ilícito a datos y sistemas informáticos y 89 atentados contra la integridad de los datos informáticos. 

Ante la preocupación por la presencia de este tipo de delitos que no respetan el dato privado, el presidente José Jerí Oré ha publicado el 24 de enero del 2026 el Decreto Legislativo N.° 1700, el cual modifica la Ley N.º 30096 e incorporando el delito de «Adquisición, Posesión y Tráfico Ilícito de Datos Informáticos». Esto fue viable porque el Congreso de la República otorgó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana por 60 días.

A nivel de denuncias, la Fiscalía ha reportado, solo entre enero y setiembre del 2025, 7 508 por delitos informáticos contra la fe pública (7 507 por suplantación de identidad para obtener beneficios económicos o extorsionar), 593 denuncias por acceso ilícito a datos y sistemas informáticos y 89 atentados contra la integridad de los datos informáticos. 

La norma sanciona a quien posea, compre, reciba, venda, comercialice, facilite, intercambie o trafique datos informáticos, credenciales de acceso o bases de datos personales que fueron obtenidos sin consentimiento del titular, ya sea mediante la vulneración de sistemas de seguridad o como resultado de otro delito informático. La pena será de 5 a 8 años de prisión y 180 a 365 días-multa y sube hasta 10 años si se es parte de una organización criminal, se genera un grave perjuicio patrimonial o la base de datos estaba custodiada por una entidad pública.

Por ejemplo, si se compra una base de datos, que incluyen correos y número celulares, en las inmediaciones de Wilson o en alguna red social para enviar información publicitaria de algún producto o servicio que vendemos, solo por el hecho de tener esos datos que pueden haber sido obtenidos de manera ilícita, se está cometiendo un delito penado por ley.

La medida no incluye responsabilidad penal cuando el tratamiento o intercambio de datos se realice con autorización expresa del titular, por mandato judicial o administrativo, o en el ejercicio legítimo de derechos fundamentales y no exista una comercialización indebida. La idea es frenar la venta de información digital obtenida ilegalmente y fortalecer la confianza digital en el país.

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Preguntas frecuentes sobre B2M

¿Aún tienes dudas? te compartimos las dudas más comunes sobre nuestro producto.

¿Cuáles son los principales tipos de RFx que se utilizan en las compras y el abastecimiento estratégico?

Existen cinco tipos principales de RFx, cada uno con un propósito distinto en el proceso de abastecimiento estratégico. La RFI (Solicitud de Información) recopila información general sobre las capacidades de los proveedores, las opciones de mercado y las posibles soluciones, sin esperar propuestas detalladas ni precios, lo que resulta útil para la investigación de mercado y la precalificación. La RFQ (Solicitud de Cotización) se utiliza cuando las especificaciones están bien definidas y el objetivo principal es obtener precios y plazos de entrega competitivos. La RFP (Solicitud de Propuesta) combina la recopilación de información con precios detallados (esencialmente una RFI más una RFQ) y se utiliza cuando se necesita que los proveedores propongan soluciones a un problema definido. La RFT (Solicitud de Licitación) es funcionalmente idéntica a una RFP, pero es el término preferido en la contratación pública, donde las propuestas se comparten abiertamente en portales gubernamentales. La RFS (Solicitud de Solución) invita a los proveedores a proponer enfoques creativos para desafíos amplios o complejos sin especificar la solución con precisión, fomentando así la innovación.

¿Cómo elegir el tipo de RFx adecuado para su proyecto de abastecimiento?

Elegir el tipo de RFx adecuado depende de dos factores clave: la madurez de su organización de compras y los objetivos específicos de su proyecto de abastecimiento. Si está explorando un nuevo mercado o categoría donde los requisitos no están claros, puede comenzar con una RFI para comprender las soluciones disponibles y precalificar a los proveedores antes de comprometerse con un proceso más detallado. Puede usar una RFQ cuando tenga especificaciones claras y necesite precios competitivos, común para compras de productos básicos y servicios bien definidos. Elija una RFP cuando necesite que los proveedores propongan soluciones integrales que incluyan enfoque, metodología, precios y planes de implementación. Seleccione una RFS cuando enfrente desafíos complejos donde las soluciones innovadoras de los proveedores pueden revelar enfoques que no haya considerado. Las organizaciones con funciones de compras menos maduras generalmente comienzan con RFQ y se expanden a RFI y RFP a medida que desarrollan marcos de gestión de categorías más sofisticados. El Centro de Información sobre Abastecimiento Estratégico de Art of Procurement ( artofprocurement.com/insight-hubs ) ayuda a los equipos a relacionar los tipos de RFx con los escenarios de abastecimiento. 

¿Cuál es la diferencia entre una RFP y una RFQ en materia de adquisiciones?

La diferencia fundamental radica en el alcance y la complejidad. Una RFQ (Solicitud de Cotización) es una solicitud específica de precios y condiciones de entrega, donde el comprador ya sabe exactamente lo que necesita: las especificaciones son fijas y el criterio principal de evaluación es el costo. Una RFP (Solicitud de Propuesta) es más amplia y solicita a los proveedores que propongan una solución a un problema definido, incluyendo su enfoque, metodología, equipo, cronograma y precios. El libro «Art of Procurement» describe una RFP como esencialmente una combinación de «RFI + RFQ», ya que combina cuestionarios para recopilar información sobre las capacidades del proveedor con la recopilación detallada de precios. Utilice una RFQ para compras sencillas de productos básicos con especificaciones claras. Utilice una RFP para compras complejas donde desee evaluar el enfoque, la metodología y el valor del proveedor más allá del precio. La elección afecta directamente la relación con el proveedor: las RFQ generan precios comparables rápidamente, mientras que las RFP generan propuestas más completas que permiten una evaluación multidimensional.

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