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Inicio / Columna / Sociedad de la información y libertad de expresión en la era digital

Sociedad de la información y libertad de expresión en la era digital

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Artículo 19, Declaración Universal de los Derechos Humanos

El principio del gobierno democrático es la libertad (…)”, Aristóteles tenía claro que la democracia se ejerce en un marco de libertad, pero dicha libertad requiere de instrumentos y conocimientos para ejercerse, y el principal insumo para ejercer la libertad es la información, siendo pues el eje de esta “nueva sociedad”.

Para poder ejercer nuestra libertad democrática se requiere de la información, esta información emanada, creada y que debería ser puesta a disposición desde aquellos que ejercen el poder: el gobierno nacional, el gobierno regional, el gobierno local. Esta información es fuente primaria para la participación democrática, como eje de la participación ciudadana en los mecanismos de control social del poder.

Ya desde tiempos antiguos el saber de las “cuentas públicas” era necesario para un adecuado equilibrio de las fuerzas políticas, siendo que los ciudadanos no tenían mayor acceso a esta información en aquellas épocas. Han sido los desarrollos sociales quienes han implicado necesidades de información, que han conllevado una mayor participación de los ciudadanos en las actividades públicas, es decir, la premisa es: mayor acceso a la información generaría mayor participación ciudadana, pero hay que agregar que no es solo cuestión de acceso a la información, sino que dicha información sea útil, en el momento adecuado, y en un lenguaje que el ciudadano la pueda “aprehender”.

Con los avances de la democracia en los últimos siglos, y con el avance de las tecnologías en las últimas décadas, el ciudadano se encuentra en un sitio privilegiado, porque vuelve a tener acceso a la información, de manera directa, cual “ágora” donde la información fluía porque era requisito básico para el sostenimiento de aquella democracia ateniense, y que al igual que en aquella época debe nacer desde el poder -el gobierno- la información, es decir el ciudadano tiene el derecho a recibir la información que el gobierno tiene el deber de publicar y difundir. El Internet es un “ágora” moderna, y el gobierno se encuentra en la obligación de brindar información por este medio, en un proceso cíclico en el cual el poder concentrado en el “almacenaje de información” (cuando no ocultamiento de la misma), ya no tiene sentido, sino, dejarla fluir, para que los ciudadanos puedan participar en la toma de decisión; es decir, estamos frente a un replanteamiento del proceso de “elegir representantes y olvidar”, cambiándolo por el de “elegir representantes y participar”.

El hecho que el gobierno brinde la información se enmarca en el concepto de Transparencia de la Gestión Pública, un concepto que expresa el control real por parte de los gobernados (los ciudadanos), de las actividades y acciones que realiza el gobierno. Las palabras aristotélicas son totalmente vigentes en este respecto.

La Transparencia de la Gestión Pública, pues, no solo se enmarca en brindar información, sino brindarla de forma oportuna y de una forma libre de acceso, y de modo tal que al ciudadano le pueda servir; esto genera disminución de los circuitos de corrupción, así como beneficia las actividades gubernamentales al tener un mejor “feed-back” para con el ciudadano, siendo también relevante la capacitación del ciudadano para poder aprehender la información y transformarla en un conocimiento útil para él.

Un ejemplo de lo que puede ocurrir con las “buenas intenciones” es el caso peruano sobre acceso a la información pública. No se puede negar una intención, en la última década, de que el ciudadano se encuentre en una posición de conocimiento de la realidad. Es más se logro la creación de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pero la misma no es autónoma (depende del Ministerio de Justicia). Mas, estas “intenciones” se encuentran con un serio problema: aun habiendo legislación y resoluciones de la Autoridad de Transparencia y el Tribunal de Transparencia, los funcionarios públicos siguen impidiendo que el ciudadano pueda ejercer sus derechos constitucionales, y por ende que esté impedido de ejercer su libertad democrática de una manera completa. No se trata solo de tener normas, sino que deberían existir políticas nacionales claras para una adecuada participación ciudadana. Pero no podemos negar que se ha avanzado.

El derecho de acceder a la información pública requiere ser visto con su correlato en la libertad de expresión y complementado con los derechos a la privacidad y en general todos los derechos reconocidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos.


Pero, la Sociedad de la Información trae retos, retos que se enfocan en tres áreas cuando se analizan desde la libertad de expresión. El primer reto está dado al hecho que el Internet es un medio, nuevo, efectivo, de alto alcance e impacto, en el cual el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos se desarrolla; no se trata entonces de un espacio nuevo en el cual se requiere una nueva declaración de principios, sino el mejor instrumento posible para la utilización de dicha libertad de expresión.

El segundo reto se enfoca en que hemos pasado de mecanismos de un emisor múltiples receptores, a un esquema múltiples emisores múltiples receptores, en un permanente dialogo. Las posibilidades de que cualquiera pueda desarrollar mecanismos de expresión (como son blogs, tuits, videoblogs, podcast, páginas webs, boletines online, redes sociales, entre otros) en los cuales la expresión de opinión se vuelve permanente y por ende la necesidad de acceso a información, para tener sustento para dichas opiniones, se vuelve crucial. El ciudadano ya no solo escucha sino que se vuelve en creador de información. Pero la información tiene que ser validada y contrastada.

El tercer reto es pues la necesidad de actores que tamicen la información, que hagan ejercicios continuos de infonomía, desde una perspectiva de creación, análisis y puesta en conocimiento de información que le sea relevante a la ciudadanía para su toma de decisiones. Esta función es clave de ser ejercida por los profesionales de la información. No es un reto menor, es quizás la tarea mas compleja, en un mar de información constante como dar mecanismos de reposo para que se pueda analizar la profundidad de dicha información, no solo dejar que pasen sino que se puedan analizar y por ende comprehender de una manera completa. Es esta tarea complementada con una misión: ser voz de los que no tienen voz.

Y en dicho camino también nos encontramos con propuestas de regulaciones que no entendiendo la dimensión que la información debe fluir, y que la sociedad de la información requiere para su real desarrollo que se mantenga un #internetlibre intentan crear mecanismos de “censura”, que bajo pretextos de protección de algunos derechos en realidad coartan la libertad de expresión. Es cierto que la libertad de expresión no es más que otros derechos y por ende deben estar en equilibrio, y esto hace que no se pueda aducir simplemente uno sobre otro derecho, sino que se deban desarrollar regulaciones adecuadas a esta realidad.

El #internetlibre no solamente se trata de libertad de expresión, sino de libertad de acceso a la información. Son, pues, tan preocupantes mecanismos de censura como legislaciones que  buscan “controlar la información que se emite” así como los mecanismos de impedimento de acceso a la información por parte de la población. Pero, allá afuera, en el Internet, hay mucha información, también la que no es relevante o útil o adecuada, ¿qué hacer entonces?. La respuesta es clara: desarrollar capacidades entre los ciudadanos de modo tal que puedan delimitar que información les es relevante, y puedan descartar la que no lo es. Esta labor es clave en el proceso de la Sociedad de la Información. Pero de nuevo queda la pregunta: ¿Y de quién es esta labor? De una Agencia de Sociedad de la Información que desarrolle políticas y regulaciones para la Sociedad de la Información, a la fecha esta institución no existe.

La información debe fluir y con ello debemos reconocer que la libertad de expresión es un derecho clave en el contexto de la Sociedad de la Información, su defensa es de relevancia plena para la construcción de una real y efectiva democracia, pero este derecho tiene que estar equilibrado y debe complementarse, con un respeto irrestricto de todos los derechos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Una reflexión final entonces esta ligada a que la Sociedad de la Información no es un problema futuro, es una realidad tangible, que afecta a conectados y no conectados, siendo entonces labor de todos los actores sociales hacer que la misma tenga como norte el respeto irrestricto de los Derechos Humanos, en un marco de democracia real, efectiva, incluyente e inclusiva.

Columna de opinión por: Erick Iriarte Ahon, Abogado especialista en derecho digital


Nota cedida por PQS vía convenio

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Preguntas frecuentes sobre B2M

¿Aún tienes dudas? te compartimos las dudas más comunes sobre nuestro producto.

¿Cuáles son los principales tipos de RFx que se utilizan en las compras y el abastecimiento estratégico?

Existen cinco tipos principales de RFx, cada uno con un propósito distinto en el proceso de abastecimiento estratégico. La RFI (Solicitud de Información) recopila información general sobre las capacidades de los proveedores, las opciones de mercado y las posibles soluciones, sin esperar propuestas detalladas ni precios, lo que resulta útil para la investigación de mercado y la precalificación. La RFQ (Solicitud de Cotización) se utiliza cuando las especificaciones están bien definidas y el objetivo principal es obtener precios y plazos de entrega competitivos. La RFP (Solicitud de Propuesta) combina la recopilación de información con precios detallados (esencialmente una RFI más una RFQ) y se utiliza cuando se necesita que los proveedores propongan soluciones a un problema definido. La RFT (Solicitud de Licitación) es funcionalmente idéntica a una RFP, pero es el término preferido en la contratación pública, donde las propuestas se comparten abiertamente en portales gubernamentales. La RFS (Solicitud de Solución) invita a los proveedores a proponer enfoques creativos para desafíos amplios o complejos sin especificar la solución con precisión, fomentando así la innovación.

¿Cómo elegir el tipo de RFx adecuado para su proyecto de abastecimiento?

Elegir el tipo de RFx adecuado depende de dos factores clave: la madurez de su organización de compras y los objetivos específicos de su proyecto de abastecimiento. Si está explorando un nuevo mercado o categoría donde los requisitos no están claros, puede comenzar con una RFI para comprender las soluciones disponibles y precalificar a los proveedores antes de comprometerse con un proceso más detallado. Puede usar una RFQ cuando tenga especificaciones claras y necesite precios competitivos, común para compras de productos básicos y servicios bien definidos. Elija una RFP cuando necesite que los proveedores propongan soluciones integrales que incluyan enfoque, metodología, precios y planes de implementación. Seleccione una RFS cuando enfrente desafíos complejos donde las soluciones innovadoras de los proveedores pueden revelar enfoques que no haya considerado. Las organizaciones con funciones de compras menos maduras generalmente comienzan con RFQ y se expanden a RFI y RFP a medida que desarrollan marcos de gestión de categorías más sofisticados. El Centro de Información sobre Abastecimiento Estratégico de Art of Procurement ( artofprocurement.com/insight-hubs ) ayuda a los equipos a relacionar los tipos de RFx con los escenarios de abastecimiento. 

¿Cuál es la diferencia entre una RFP y una RFQ en materia de adquisiciones?

La diferencia fundamental radica en el alcance y la complejidad. Una RFQ (Solicitud de Cotización) es una solicitud específica de precios y condiciones de entrega, donde el comprador ya sabe exactamente lo que necesita: las especificaciones son fijas y el criterio principal de evaluación es el costo. Una RFP (Solicitud de Propuesta) es más amplia y solicita a los proveedores que propongan una solución a un problema definido, incluyendo su enfoque, metodología, equipo, cronograma y precios. El libro «Art of Procurement» describe una RFP como esencialmente una combinación de «RFI + RFQ», ya que combina cuestionarios para recopilar información sobre las capacidades del proveedor con la recopilación detallada de precios. Utilice una RFQ para compras sencillas de productos básicos con especificaciones claras. Utilice una RFP para compras complejas donde desee evaluar el enfoque, la metodología y el valor del proveedor más allá del precio. La elección afecta directamente la relación con el proveedor: las RFQ generan precios comparables rápidamente, mientras que las RFP generan propuestas más completas que permiten una evaluación multidimensional.

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