Gracias a las facultades brindadas por el Congreso al Ejecutivo, en poco tiempo entrará en vigor la llamada “Tasa Netflix”. El ministro de Economía y Finanzas, José Arista, informó que ya cuentan con el mecanismo para que las plataformas digitales paguen impuestos.
El ministro de Economía anunció que, en unos dos meses, estarán adecuadas las herramientas para que el sistema bancario y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) retengan el 18% del valor del servicio prestado desde el extranjero.
Todos los servicios que brindan las plataformas han estado siempre sujetos al pago de tributos, pero no había cómo cobrarles, no se tenía el mecanismo. Ahora es diferente, porque “ya se aprobó la norma para que, a través del sistema bancario, por cada transacción, se detraiga el 18% de los servicios que cobran ellos por la intermediación o por la prestación de servicios digitales y de bienes a través de Internet y por la intermediación de plataformas digitales”, señaló José Arista ante la prensa el miércoles 31 de julio.
Se calcula que, en octubre, se arrancaría con el cobro de este impuesto, el cual será trasladado a los usuarios, quienes incrementarán su gasto mensual en estos servicios en al menos un 18%. Para la Sunat esto, junto a otra medida que plantea el pago de impuesto a la renta de segunda categoría por transacciones fuera de la bolsa de valores, significaría casi S/800 millones anuales adicionales.
De amplio alcance
La llamada “Tasa Netflix” o “impuesto Netflix” que emitirá el Poder Ejecutivo tendrá efectos mucho más amplios de los que se habían advertido cuando se empezó a discutir la medida en marzo porque afectará a toda clase de servicios que se brindan en Internet por proveedores del extranjero.
Así lo advirtió el Dr. Erick Iriarte Ahon, CEO de eBIZ, quien además enfatizó que los mecanismos de recaudación por operaciones realizadas con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados en el país podrían requerir pasar por un monitoreo del tráfico de la red.
El problema arranca en las definiciones incluidas en la propuesta de la Sunat que van más allá de ser un impuesto al streaming, señaló Iriarte. Se busca aplicar tributos a los servicios prestados a través de Internet bajo diversas tecnologías.
La única manera de monitorear las redes para saber qué está mirando el usuario, y si corresponde pagar un impuesto por eso, es que el mismo Estado, la Sunat, vea lo que ve el usuario. Esto significa establecer “un control de contenidos por usuario, es decir, un big brother. Porque ¿de qué manera van a saber el IP sino es monitoreando desde el lado del usuario?”, advirtió Iriarte.
Un problema mayor
Iriarte explicó que el área constitucional del Estudio IALaw solicitó a la Sunat los informes técnicos y jurídicos sobre la propuesta denominada “Tasa Netflix”, la cual se creyó en un inicio que solo buscaba gravar la prestación de servicios de plataformas digitales de streaming.
Ante la negativa del recaudador de brindar la información, el estudio recurrió al Tribunal de Transparencia, quien ordenó se le proporcione la información pública requerida. Al revisar dichos documentos encontraron que la propuesta de la Sunat para regular ciertos temas digitales para cobrar impuestos sobre economía digital era mucho más amplia de lo que inicialmente se debatió en la opinión pública.
Se calcula que, en octubre, se arrancaría con el cobro de este impuesto, el cual será trasladado a los usuarios, quienes incrementarán su gasto mensual en estos servicios en al menos un 18%.
El problema arranca en las definiciones incluidas en la propuesta de la Sunat que van más allá de ser un impuesto al streaming, señaló Iriarte. Se busca aplicar tributos a los servicios prestados a través de Internet bajo diversas tecnologías. Esto incluye la transmisión en línea de imágenes, series, películas, documentales, cortometrajes, videos, música, juegos y cualquier otro contenido digital, a través de la tecnología streaming u otra tecnología similar.
Eso no es todo, recalcó, sino que puede afectarse el almacenamiento de información, la enseñanza virtual, contenido en redes sociales de los influencers, revistas y periódicos en línea, videoconferencias en Zoom o similares, intermediación en el alquiler de inmuebles (Airbnb), entre otros negocios ligados a la economía digital que no están domiciliados en el país.
Otro problema es el “cómo averiguarán qué servicios usa cada peruano”, remarcó. La propuesta normativa de la Sunat, que se podrá conocer al detalle pronto, establece que se identificarán los pagos locales de servicios provistos por una empresa del exterior y se le cobrará el respectivo impuesto.
La llamada “Tasa Netflix” o “impuesto Netflix” que emitirá el Poder Ejecutivo tendrá efectos mucho más amplios de los que se habían advertido cuando se empezó a discutir la medida en marzo porque afectará a toda clase de servicios que se brindan en Internet por proveedores del extranjero.
¿Cómo acceder al tráfico del IP de cada computadora o de los chips de los celulares que operan localmente para identificar el consumo de contenido y servicios pagados en línea? ¿Cómo identificar que se ha cobrado el servicio desde el extranjero en las tarjetas u otros medios de pago locales? Para ello se necesita monitorear los movimientos en línea, explicó Iriarte.
“Creo que nadie se esperaba lo que en la Sunat pensaban hacer […] Menudo poder que ha dado el Congreso y creemos que ni siquiera sabían que estaban entregado”, lamentó Iriarte. No se está cumpliendo lo expresado en la política 35 del Acuerdo Nacional y no hay una entidad que vea los temas de sociedad de la información con participación de la sociedad civil, el sector privado, la academia y el gobierno, remarcó.
Sepa más: Según informó el tributarista Jorge Picón al diario Gestión, en el caso de Airbnb se podrá identificar a quienes alquilan frecuentemente departamentos de un edificio o vivienda y aplicarles el cobro del Impuesto a la Renta (IR), que podría equivaler al 29,5% al valor de la propiedad si se configuran como persona jurídica. Si es eventual sería solo el 5%.