Plataformas digitales públicas deberán ser accesibles a discapacitados

Ejecutivo aprueba lineamiento para garantizar accesibilidad a los servicios públicos digitales, de acuerdo a lo que dicta la Política Nacional de Transformación Digital al 2030.

Con el objetivo de garantizar la inclusión digital de todos los ciudadanos, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), aprobó el «Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública» mediante la Resolución de la SGTD N.º 001-2025-PCM/SGTD, que fue publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano el 26 de junio del 2025.

Según detallaron, la norma establece que todas las entidades públicas deberán incorporar criterios de accesibilidad en el diseño de sus servicios o plataformas digitales, en cumplimiento con los estándares internacionales. Esto permitirá que todos los ciudadanos, sin distinción de habilidades o capacidades, puedan acceder y utilizar los servicios digitales en igualdad de condiciones.

En el texto se dispone la inclusión de interpretación en lengua de señas peruanas y la integración de lenguas originarias en los servicios de mayor demanda, como quechua o aimara. Para su implementación, se recomienda que las entidades estatales armar equipos multidisciplinarios encargados de aplicar los criterios técnicos de accesibilidad. En el caso de los gobiernos regionales y locales, deberán incorporar preferentemente las lenguas originarias predominantes en sus territorios, a fin de asegurar el acceso equitativo de las comunidades indígenas.

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El cumplimiento de la norma es obligatorio y progresivo. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos constitucionales autónomos, los gobiernos regionales y las universidades públicas deberán implementarla en un plazo no mayor de 12 meses. Para los gobiernos locales el plazo es desde los 18 meses hasta los 24 meses. La SGTD deberá brindar asistencia técnica a las entidades públicas para facilitar su implementación, y emitirá guías complementarias en un plazo no mayor de 180 días.

La norma también establece que la medida responde a lo dispuesto en la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, que establece como prioridad garantizar el acceso inclusivo, seguro y de calidad al entorno digital para toda la población, en especial para los grupos históricamente excluidos. Se elaboró con el apoyo de los distintos sectores públicos, incluido el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

El cumplimiento de la norma es obligatorio y progresivo. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos constitucionales autónomos, los gobiernos regionales y las universidades públicas deberán implementarla en un plazo no mayor de 12 meses.

Según el Censo Nacional 2017, había 3.209.261 personas con discapacidad en el país, lo que representaba el 10,3% de la población. Esta cifra incluye a personas con diversas discapacidades físicas, sensoriales, intelectuales y psicosociales. En Conadis hay inscritas 558.225 personas, lo cual demuestra que la mayoría aún no se ha registrado.

De acuerdo a la Reniec, en 2023 documentaron a 194.070 ciudadanos con discapacidad, de los cuales 27.066 eran menores de edad. Además, desde el 2012, la cifra de personas de esta comunidad, en cuyo DNI figura su condición, ha ido en aumento. Por ejemplo, en el 2020, las cifras fueron de 156.215, el 2021 de 168.008, y 2022 de 182.565. Ese año la mayor cantidad de ciudadanos registrados con condición de discapacidad se encuentran en Lima (62.135), Piura (15 133) y Cajamarca (12 044). 

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