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Reglamento de la Ley de Teletrabajo: Normando la oportunidad | Un especial de eBIZ Noticias

Un resumen de los principales alcances del reglamento de la Ley N° 31572, y las opiniones de tres estudios de abogados especializados en la materia.

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Reglamento de la Ley de Teletrabajo: Normando la oportunidad | Un especial de eBIZ Noticias

Un resumen de los principales alcances del reglamento de la Ley N° 31572, y las opiniones de tres estudios de abogados especializados en la materia.

Empleadores y trabajadores tienen ahora un escenario más preciso sobre qué exigencias y derechos tienen quienes aplican el teletrabajo. El domingo se publicó el reglamento de la Ley N° 31572 en edición extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano». A continuación, un resumen de los principales alcances de la norma y las opiniones de tres estudios de abogados especializados en la materia. 

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, el domingo pasado por la noche, en edición extraordinaria de El Peruano. La norma llegó con un par de meses de atraso, porque debió estar lista en diciembre del 2022, pero brinda un panorama flexible y voluntario que favorece esta práctica. 

Las empresas tienen dos meses – hasta fines de abril – para adecuarse a lo dispuesto en el reglamento. A partir de entonces, quienes no cumplan con respetar la desconexión digital, por ejemplo, serán factibles de multas de hasta S/ 12 375 (2,63 UIT) por trabajador. Por ahora la Sunafil solo ha estado haciendo recomendaciones, no sancionando.  

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La ley que se está reglamentando fue aprobada por insistencia en el Congreso y publicada diez días después, el domingo 11 de septiembre del 2022, aun cuando el Ejecutivo observó la norma. El reglamento respectivo debió estar listo en máximo 90 días. Una vez publicado el reglamento se establece 60 días para entrar en vigencia. 

El reglamento está compuesto por 13 capítulos, 42 artículos, nueve disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria y cuatro anexos que complementa lo dispuesto en la ley. Es aplicable tanto a las entidades de la administración pública como a las empresas privadas bajo cualquier tipo de régimen laboral. Los expertos calculan que hay casi un millón de trabajadores remotos en la actualidad, incluyendo formales (planilla) e informales.   

Entre los principales puntos tratados en el reglamento están: 

  • El teletrabajo no es impuesto, sino que se trata de una opción voluntaria que debe ser negociada y aceptada por ambas partes en el contrato laboral. Se recomienda que en caso de poblaciones vulnerables o con discapacidad se opte por el teletrabajo.  
  • Los trabajadores pueden acordar con su empleador un formato 100% remoto o uno parcial (híbrido). La distribución de la jornada debe ser especificada en el contrato de trabajo o en el acuerdo de cambio de modalidad laboral. Puede ser permanente o temporal, según el plazo acordado entre las partes. Ante la inexistencia del plazo, se entiende que es de naturaleza permanente y puede ser modificado si así lo acuerdan ambas partes.  
  • La empresa debe asumir los costos y gastos del teletrabajo, pero se puede pactar lo contrario. Esto incluye el wifi, la energía eléctrica, los equipos (laptop, teléfono, impresora, software, etc.). Solo cuando es una empresa 100% virtual los costos son asumidos por completo por el empleador. En los otros casos puede ser de forma compartida: el empleador asume unos gastos y el trabajador otros.  
  • El teletrabajador tiene los mismos derechos individuales y colectivos que quienes trabajan en forma presencial. Deben respetar la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, así como no está permitido el hostigamiento sexual. Tampoco se puede realizar captaciones y/o grabaciones de la imagen o la voz del colaborador sin su consentimiento previo y expreso, salvo que se trate de algo propio de sus funciones. 
  • Se mantiene el derecho a la desconexión digital durante 12 horas consecutivas, salvo caso fortuito, fuerza mayor o circunstancias especiales. De no cumplirse la empresa podría recibir una multa.  

Según la Encuesta Global de Actitudes de Beneficios 2022 para América Latina de la consultora WTW, los patrones de trabajo han cambiado desde la pandemia y los empleados prefieren trabajar más a distancia, sobre todo bajo un formato mixto, porque les permite un mayor equilibrio entre el trabajo y la vida personal. Eso aun cuando les incomoda sentirse desconectados. 

Los expertos consultados para este especial consideran que esta modalidad irá incrementándose en el tiempo. Lo ya normado permite flexibilidad en los contratos y complementa lo dispuesto en la ley, pero a medida que pase el tiempo van a ser necesarios mayor incentivo de esta forma de trabajo a través de nuevos marcos normativos. 

Los invitamos a revisar cada una de las opiniones recogidas, haciendo clic en cada uno de sus fotos o citas:

“Este es un sistema flexible que va a ir cambiando en el tiempo, así como avanza la globalización y las tecnologías de la información”
– Pamela Navarro, Atalla Legal


Lo que no debería ocurrir, y considero que la norma es clara en ello, es que se le obligue al trabajador a asumir esos gastos por imposición”
– Fátima Toche, IaLaw


«Hoy por hoy, considero que lo importante será realizar una correcta fiscalización de las disposiciones brindadas por la regulación del teletrabajo»
Carlos Bravo, IaLaw


“El reglamento parte de la premisa de que el empleador impone o se aprovecha del teletrabajo cuando, en la mayoría de los casos, los trabajadores exigen o desean el teletrabajo”
– Jorge Toyama, Vinatea & Toyama

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Preguntas frecuentes sobre B2M

¿Aún tienes dudas? te compartimos las dudas más comunes sobre nuestro producto.

¿Cuáles son los principales tipos de RFx que se utilizan en las compras y el abastecimiento estratégico?

Existen cinco tipos principales de RFx, cada uno con un propósito distinto en el proceso de abastecimiento estratégico. La RFI (Solicitud de Información) recopila información general sobre las capacidades de los proveedores, las opciones de mercado y las posibles soluciones, sin esperar propuestas detalladas ni precios, lo que resulta útil para la investigación de mercado y la precalificación. La RFQ (Solicitud de Cotización) se utiliza cuando las especificaciones están bien definidas y el objetivo principal es obtener precios y plazos de entrega competitivos. La RFP (Solicitud de Propuesta) combina la recopilación de información con precios detallados (esencialmente una RFI más una RFQ) y se utiliza cuando se necesita que los proveedores propongan soluciones a un problema definido. La RFT (Solicitud de Licitación) es funcionalmente idéntica a una RFP, pero es el término preferido en la contratación pública, donde las propuestas se comparten abiertamente en portales gubernamentales. La RFS (Solicitud de Solución) invita a los proveedores a proponer enfoques creativos para desafíos amplios o complejos sin especificar la solución con precisión, fomentando así la innovación.

¿Cómo elegir el tipo de RFx adecuado para su proyecto de abastecimiento?

Elegir el tipo de RFx adecuado depende de dos factores clave: la madurez de su organización de compras y los objetivos específicos de su proyecto de abastecimiento. Si está explorando un nuevo mercado o categoría donde los requisitos no están claros, puede comenzar con una RFI para comprender las soluciones disponibles y precalificar a los proveedores antes de comprometerse con un proceso más detallado. Puede usar una RFQ cuando tenga especificaciones claras y necesite precios competitivos, común para compras de productos básicos y servicios bien definidos. Elija una RFP cuando necesite que los proveedores propongan soluciones integrales que incluyan enfoque, metodología, precios y planes de implementación. Seleccione una RFS cuando enfrente desafíos complejos donde las soluciones innovadoras de los proveedores pueden revelar enfoques que no haya considerado. Las organizaciones con funciones de compras menos maduras generalmente comienzan con RFQ y se expanden a RFI y RFP a medida que desarrollan marcos de gestión de categorías más sofisticados. El Centro de Información sobre Abastecimiento Estratégico de Art of Procurement ( artofprocurement.com/insight-hubs ) ayuda a los equipos a relacionar los tipos de RFx con los escenarios de abastecimiento. 

¿Cuál es la diferencia entre una RFP y una RFQ en materia de adquisiciones?

La diferencia fundamental radica en el alcance y la complejidad. Una RFQ (Solicitud de Cotización) es una solicitud específica de precios y condiciones de entrega, donde el comprador ya sabe exactamente lo que necesita: las especificaciones son fijas y el criterio principal de evaluación es el costo. Una RFP (Solicitud de Propuesta) es más amplia y solicita a los proveedores que propongan una solución a un problema definido, incluyendo su enfoque, metodología, equipo, cronograma y precios. El libro «Art of Procurement» describe una RFP como esencialmente una combinación de «RFI + RFQ», ya que combina cuestionarios para recopilar información sobre las capacidades del proveedor con la recopilación detallada de precios. Utilice una RFQ para compras sencillas de productos básicos con especificaciones claras. Utilice una RFP para compras complejas donde desee evaluar el enfoque, la metodología y el valor del proveedor más allá del precio. La elección afecta directamente la relación con el proveedor: las RFQ generan precios comparables rápidamente, mientras que las RFP generan propuestas más completas que permiten una evaluación multidimensional.

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