Multarán a bancos por caída de billeteras móviles

SBS podrá sancionar con hasta S/ 535 000 (100 UIT) a las entidades financieras que vean interrumpido el servicio en línea por varias horas. Además, están obligadas a realizar pruebas anuales para verificar el cumplimiento de estos tiempos objetivos de recuperación.
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Las billeteras digitales se usan en la actualidad 20 veces más que en 2020 y se duplicará su penetración hasta 2027, según las proyecciones de Statista. Son un método de pago que viene ganando muchos adeptos por la simplicidad de su uso. Sin embargo, crece el malestar ante las fallas en funcionamiento que se han venido experimentando.

Atendiendo a esta creciente digitalización de los servicios financieros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha implementado nuevas disposiciones para garantizar la continuidad operativa. Mediante la Resolución N.° 0814-2025, publicado el 10 de marzo de 2025, dispuso que serán sancionadas las interrupciones no resueltas en el plazo debido.

Las empresas con alta concentración de mercado, como las billeteras Yape o Plin, tendrán un máximo de tres horas para la recuperación de servicios. En el caso de las empresas con menor concentración de mercado tendrán hasta cinco horas para la restitución del servicio. El incumplimiento de estas disposiciones será considerado una infracción sancionable con hasta 100 UIT, que al valor actual equivalen a S/ 535,000.

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Valga aclarar que la norma considera una interrupción cualquier impedimento, total o parcial no programado que afecte la prestación de servicios prioritarios a través de canales digitales como la banca por internet, aplicaciones móviles y billeteras digitales entre las 6 a.m. y la 10 p.m.. Son considerados servicios prioritarios tanto las transferencias como los pagos interoperables, el pago de planillas y de proveedores.

El uso de billeteras digitales para las transferencias entre cuentas bancarias experimentó un crecimiento favorable el 2024 y, según el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), es el instrumento con mayor participación en el número de operaciones a través de las billeteras digitales (68%). Y en cuanto a la interoperabilidad entre plataformas como Yape y Plin, ya han alcanzado más de 1.6 millones de transacciones diarias.

La SBS informó que las entidades financieras están también obligadas a monitorear en forma continua el sistema, realizar pruebas anuales para verificar el cumplimiento de estos tiempos objetivos de recuperación (TOR) y establecer canales alternativos a los usuarios en caso de presentarse una caída del sistema. Los resultados de estas pruebas del sistema deberán ser incluidos en el informe anual de gestión del riesgo operacional que se presenta a la SBS.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha implementado nuevas disposiciones para garantizar la continuidad operativa. El incumplimiento de éstas será considerado una infracción sancionable con hasta 100 UIT, que al valor actual equivalen a S/ 535,000.

Otras disposiciones

La SBS no solo busca reforzar la «resiliencia» operacional de las entidades financieras, alinearse con los estándares internacionales y mitigar el impacto de las interrupciones en los usuarios de servicios digitales. Según informó también están trabajando en un proyecto para evitar el lavado de activos a través de plataformas digitales como las casas de apuestas en línea.

La entidad ha pre-publicado para comentarios el proyecto de norma que propone a las citadas plataformas llevar un registro de las operaciones iguales o superiores a los US$2,500. El registro deberá permitir identificar al sujeto que realiza la operación y el momento en que la realizó.

En caso la empresa de apuestas opere desde el extranjero, si no se cumple con la medida será el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) el encargado de imponer la respectiva sanción.

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